Convocatoria anticipada de subvenciones a las entidades organizadoras de actividades feriales para mejorar la competitividad del sector ferial catalán
Se cierra en: 17 de diciembre de 2026
Categoría: Eventos y Ferias
Objetivo
El objeto de esta Orden es regular la concesión de subvenciones a las entidades organizadoras de actividades feriales con el fin de mejorar la competitividad del sector ferial catalán.
La finalidad de la subvención es fomentar las políticas y actuaciones en el ámbito de las actividades feriales de Cataluña.
Beneficiarios
Pueden beneficiarse de las subvenciones reguladas por estas bases, en todos los programas:
- Personas trabajadoras autónomas.
- Microempresas.
- Pequeñas y medianas empresas (pymes).
Todas ellas deben organizar actividades feriales en Cataluña.
Tipo actuaciones subvencionables
Esta subvención consta de cuatro programas:
Programa 1. Estudios de estrategia, prospección e innovación en el ámbito de las actividades feriales
El objetivo es incentivar y facilitar a las organizaciones feriales la realización de estudios que proporcionen herramientas para mejorar la competitividad de las actividades feriales que organizan, atendiendo a los sectores y productos presentes en la feria y favoreciendo la especialización.
Programa 2. Obtención de indicadores de impacto económico de las ferias
El objetivo es incentivar y facilitar que las entidades feriales obtengan datos sobre el impacto económico de las actividades feriales que organizan, tanto directo como indirecto, en su territorio. Asimismo, incluye el tratamiento y análisis posterior de estos datos para cuantificar el beneficio que genera el certamen en la localidad o territorio donde se celebra.
Programa 3. Implantación de soluciones tecnológicas para retos organizativos y mejora de la experiencia de los visitantes
El objetivo es incentivar y apoyar la adquisición de software y herramientas tecnológicas que:
Ayuden a resolver retos organizativos de la entidad ferial.
Mejoren la experiencia de los visitantes mediante la personalización de la experiencia ferial.
Programa 4. Realización de la primera edición de una actividad ferial
El objetivo es promover la creación de nuevas actividades feriales que contribuyan al desarrollo económico y empresarial del territorio, potenciando los productos propios y aumentando el número de actividades feriales en Cataluña.
Gastos subvencionables
Programa 1: Son subvencionables los gastos externos de consultoría y/o servicios destinados a la realización de los estudios.
Programa 2: Son subvencionables los gastos de contratación de trabajos técnicos para la obtención, tratamiento y análisis de datos.
Programa 3: Son subvencionables los gastos de contratación de empresas y software que respondan al objetivo del programa.
Programa 4: Son subvencionables los gastos derivados de la organización de la actividad ferial, incluyendo los gastos de personal que ya preste servicios en la entidad organizadora.
Gastos no subvencionables:
Los intereses deudores de cuentas bancarias.
Los intereses, recargos y sanciones administrativas o penales.
Los gastos derivados de procedimientos judiciales.
Tampoco serán subvencionables, en ningún caso, aquellos gastos que no estén expresamente contemplados en estas bases reguladoras y en la convocatoria correspondiente.
Cuantía de la subvención
La ayuda máxima será la siguiente:
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Programa |
Intensidad de ayuda |
Importe máximo |
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Programa 1 |
60% de los gastos subvencionables |
4.500 € |
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Programa 2 |
60% de los gastos subvencionables |
4.500 € |
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Programa 3 |
60% de los gastos subvencionables |
6.000 € |
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Programa 4 |
50% de los gastos subvencionables |
20.000 € |
Las personas solicitantes pueden presentarse a más de uno de los programas regulados en esta convocatoria.
No obstante:
- El importe máximo que puede percibirse en cualquier combinación de programas es de 10.000 euros.
- En ningún caso estas combinaciones pueden incluir el Programa.
Procedimiento de concesión:
La concesión de las subvenciones se realizará mediante el régimen de concurrencia competitiva, es decir, las solicitudes se evaluarán y ordenarán según la puntuación obtenida conforme a los criterios establecidos en la convocatoria.
Plazo de solicitud:
Abierta convocatoria del 23 de noviembre de 2026 al 17 de diciembre de 2026.
NOTA: Este resumen es meramente informativo y no tiene valor jurídico. Es imprescindible consultar la normativa oficial.
