Programa 4 de apoyo para la apertura, reforma y mejora de establecimientos, incluidas las paradas de mercados municipales

Se cierra en: 30 de octubre de 2026 a las 14:00

Categoría: Locales

Objetivo:

El objeto de la convocatoria es regular el procedimiento para la concesión de subvenciones con el fin de fortalecer el modelo catalán de comercio y promover la competitividad y la innovación del tejido comercial y fomentar la competitividad de los sectores de la artesanía y la moda de nuestro país, del siguiente programa:

- Ámbito 4 Apoyo a la reapertura de establecimientos, mediante el traslado de actividades económicas ubicadas en entresuelos o en plantas superiores, sin acceso directo desde la vía pública, hacia establecimientos situados a pie de calle del Programa de apoyo para la apertura, reforma y mejora de establecimientos, incluidas las paradas de los mercados municipales.

Impulsar la reconversión de espacios actualmente destinados a actividades económicas hacia uso residencial, con el fin de incrementar el parque de viviendas disponible y contribuir a paliar el déficit existente.

Beneficiarios:

Autónomos y pequeñas o medianas empresas que tengan, como mínimo, un establecimiento a pie de calle en Cataluña, en alguno de los siguientes sectores:

  1. Comercio minorista de venta al detalle (todo tipo de establecimiento).
  2. Servicios: talleres mecánicos, servicios fotográficos, copisterías y artes gráficas, servicios de reparaciones, tintorerías y lavanderías, peluquerías y salones de estética y belleza, bares, cafeterías, restaurantes, empresas de comida preparada y catering, agencias de viajes minoristas.
  3. Paradas de mercados municipales, tanto sedentarios como no sedentarios.

Las personas profesionales autónomas y empresas titulares de establecimientos de actividades económicas ubicadas en entresuelos o en plantas superiores, sin acceso directo desde la vía pública, que reubican su actividad económica en un local a pie de calle.

 

Gastos subvencionables:

Se subvencionan gastos derivados de la compra, arrendamiento o concesión administrativa de locales (comercio, servicios y paradas de mercados sedentarios), así como los gastos de reforma y mejora del nuevo establecimiento.

 

Cuantía de la subvención:

Se subvenciona hasta el 75% con un máximo de 30.000€

 

Requisitos:

En caso de compra, alquiler o autorización de uso o concesión administrativa, será la persona titular del contrato correspondiente.

Tienen que disponer del correspondiente permiso municipal.

Se aceptarán aquellas solicitudes con licencia de apertura del año de publicación de la convocatoria, aunque el traspaso corresponda al año anterior a la publicación de la convocatoria.

Que la inversión mínima subvencionable sea de 2.000 euros.

La actividad de origen debe estar ubicada en un entresuelo o en una planta superior del edificio, y no tener acceso directo desde la vía pública.

El nuevo establecimiento debe estar situado a pie de calle y disponer de acceso directo a la vía pública.

Los espacios liberados tendrán que ser aptos para uso residencial, de acuerdo con la normativa urbanística y sectorial aplicable.

 

Procedimiento de concesión:

La concesión de la subvención se efectúa en régimen de concurrencia competitiva, es decir, comparando las solicitudes según los criterios de valoración. Las ayudas se otorgan a las solicitudes que mejor valoración tienen.

 

Plazo de solicitud:

Abierta convocatoria a las 09:00 horas del día 5 de octubre de 2026 y finaliza a las 14:00 horas del día 30 de octubre de 2026.

NOTA: Este resumen es meramente informativo y no tiene valor jurídico. Es imprescindible consultar la normativa oficial.

Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.