Preguntas Frecuentes

Conceptos Básicos sobre Subvenciones

Una subvención pública es una ayuda económica otorgada principalmente por una administración (local, autonómica, estatal o europea) para apoyar actividades de interés general, como la innovación, el empleo, la sostenibilidad o el crecimiento empresarial. Las subvenciones son dinero a fondo perdido. Es decir que no hay que devolver siempre y cuando se cumplan los requisitos en la justificación.

Una subvención es una ayuda directa no reembolsable. Es decir, no hay que devolver el dinero concedido si se cumplen las condiciones que marca la normativa.

Un préstamo público, en cambio, es una financiación que debe devolverse, aunque a menudo con condiciones más favorables que las del mercado (intereses bajos, periodos de carencia, aval de la administración, etc.).

Las subvenciones pueden provenir de distintas administraciones: Ayuntamientos, Comunidades Autónomas, el Estado (ministerios y organismos públicos) y la Unión Europea. Cada una tiene sus propias líneas de ayudas, plazos y requisitos.

Las subvenciones pueden provenir de distintas administraciones: Ayuntamientos, Comunidades Autónomas, el Estado (ministerios y organismos públicos) y la Unión Europea. Cada una tiene sus propias líneas de ayudas, plazos y requisitos.

Requisitos y Elegibilidad

La normativa de cada subvención indica previamente quien puede ser el posible beneficiario de dicha ayuda.

Pueden optar todo tipo de empresas, desde autónomos y pymes hasta grandes empresas, siempre que cumplan con los requisitos específicos de cada convocatoria

También existen subvenciones específicas para entidades sin ánimo de lucro.

La Unión Europea considera empresa a toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica, entendiendo por actividad económica la venta de productos o servicios a un precio dado o en un mercado directo o determinado

En cuanto a las pymes, las define como las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o su balance general anual no excede de 43 millones de euros. La Definición de pyme está recogida en el Anexo I del Reglamento (UE) N.º 651/2014 de la Comisión.

Categoría Empleados Volumen de negocios Balance general
Medianas Menos de 250 Hasta 50 M€ o menos Hasta 43 M€ o menos
Pequeñas Menos de 50 Hasta 10 M€ o menos Hasta 10 M€ o menos
Microempresas Menos de 10 Hasta 2 M€ o menos Hasta 2 M€ o menos

Un autónomo puede ser considerado pyme siempre que cumpla los criterios del número empleados e importes financieros y ejerza actividad económica. Esto quiere decir que el autónomo debe vender productos o servicios directamente. En caso de que el autónomo no facture directamente, sino que forme parte o trabaje para una sociedad empresarial que sea la que emite las facturas, el autónomo no puede ser considerado pyme ya que no se considera empresa.

Las ayudas de Minimis son subvenciones de bajo importe compatibles con el mercado europeo. La cuantía total de las ayudas de Minimis concedidas a una empresa no podrán exceder de 300.000 euros en un período de tres ejercicios fiscales seguidos: el que se solicita la ayuda y los 2 años anteriores.

Depende de la convocatoria, pero generalmente se requiere: CIF o NIF, escrituras de constitución, certificado censal, cuentas anuales, certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, memoria del proyecto y presupuesto detallado.

Es necesario estar al corriente de pago con las Administraciones para poder ser beneficiario de una subvención y para poderla cobrar. En caso de ser deudor con la Administración hay que regularizar la situación ya sea efectuando el pago integro de la deuda o bien acordando un aplazamiento con pagos fraccionados en cuyo caso (y siempre que se cumplan los plazos de pago acordados) se considerará que la situación de la empresa con la Administración es que está al corriente de pago.

La forma de presentación a seguir es conforme a la legislación de subvenciones, la presentación y tramitación de solicitudes se realizará por vía electrónica a través del correspondiente sistema telemático, en la forma que indíquela Orden de la convocatoria correspondiente. Consecuentemente, no se admitirá la presentación de solicitudes a través de medios diferentes al descrito, de conformidad con lo establecido en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los documentos se deben firmar mediante firma electrónica avanzada, de acuerdo con lo establecido en la Orden EHA/2261/2007, de 17 de julio, por la que se regula el empleo de medios electrónicos de la solicitud, así se garantizará la fidelidad con el original de las copias digitalizadas de los documentos aportados junto a dicha solicitud.

El firmante deberá acreditar que, en el momento de la presentación de la misma, ostenta poder bastante en derecho para actuar en nombre y representación de la persona jurídica solicitante.

Es un requisito común que exige que la solicitud de la subvención se presente antes de iniciar el proyecto. Su objetivo es asegurar que la ayuda pública influye directamente en la decisión de llevar a cabo el proyecto. Si no se respeta, pueden denegar la ayuda.

Depende. Algunas convocatorias solo financian proyectos futuros, (efecto incentivador) y presentar la solicitud antes del inicio es un requisito obligatorio. Otras permiten financiar gastos ya realizados si se ajustan a un periodo subvencionable. Es fundamental revisar bien las bases y toda la normativa.

Sí, siempre que no sean incompatibles entre sí porque la normativa de la convocatoria lo indique así.

Muchas subvenciones lo permiten siempre y cuando la suma de dichas subvenciones no supere el coste del proyecto y no utilices las mismas facturas para varias subvenciones.

Tipos de Subvenciones y Proyectos Financiables

Los más subvencionados suelen estar relacionados con la innovación, digitalización, eficiencia energética, sostenibilidad ambiental, formación, contratación de personal o expansión internacional. Sin embargo, hay convocatorias para una gran variedad de sectores y actividades.

Puede ocurrir, pero no es lo habitual. Muchas subvenciones financian un porcentaje del coste total (por ejemplo, el 40%, 60% u 80%), y el resto debe asumirlo el beneficiario.

En algunas subvenciones el % de la subvención puede variar en función del tamaño de la empresa: cuanto más pequeña mayor suele ser él % subvencionado.

En la mayoría de las subvenciones NO se cobra por adelantado.

En algunos casos (una vez aprobada) la administración puede adelantar un % ya establecido en la normativa y suelen solicitar aval bancario para ese adelanto.

La mayoría de las subvenciones se cobran una vez revisan que has realizado el proyecto correctamente y lo has justificado aportando facturas, justificantes bancarios y memoria explicativa de las acciones realizadas.

Sí. Las subvenciones no suelen limitar el acceso a financiación privada. De hecho, muchas veces es recomendable combinar subvenciones con préstamos o fondos propios para cubrir el total del proyecto.

Como en la mayoría de las subvenciones el pago no te lo dan hasta haber justificado la acción del proyecto y su posterior pago es recomendable disponer de una financiación previa para poder acometer el proyecto y los gastos.

Sí. Muchas empresas acceden a ayudas de forma continuada para diferentes proyectos. No hay un límite general, pero cada convocatoria puede establecer condiciones como límites de acumulación o incompatibilidades con otras ayudas.

Hay que tener en cuenta que la suma de ayudas que se rigen por Mínimis no deben superar los 300.000€ en 3 años seguidos.

Es un tipo de convocatoria donde las solicitudes compiten entre sí. Se valoran según unos criterios objetivos (puntos), y solo se conceden a las mejor puntuadas hasta agotar el presupuesto. Por eso es clave presentar un expediente bien elaborado.

Las administraciones publican las convocatorias en sus boletines oficiales y portales web, pero no es fácil hacer un seguimiento completo ya que cada Administración suele informar de las ayudas que ellos ofrecen, pero no en conjunto y las webs que disponen de toda la información hay que saberlas gestionar muy bien para poder acceder a las que realmente te interesan.

Los más frecuentes son: no cumplir con los requisitos, presentar la solicitud fuera de plazo, errores en la documentación, no justificar adecuadamente el gasto o iniciar el proyecto antes de tiempo. Por eso es clave leerse toda la normativa previamente o contar con asesoramiento experto.

Plazos y Pagos

Depende de la administración convocante. La mayoría de las convocatorias tienen un máximo de 6 meses para resolver, pero normalmente se resuelven antes. En algunas subvenciones se recibe un anticipo en forma de un % de la subvención aprobada, y en otras, el pago se realiza tras justificar el proyecto.

Depende de la convocatoria. Algunas dan plazos de entre 3 y 12 meses desde la resolución de concesión. La convocatoria especifica el plazo exacto y los requisitos.

Es muy importante no excederse del tiempo permitido de justificación porque puede dar lugar a la devolución del dinero aprobado.

Normalmente tanto en el importe del proyecto como en la acción a realizar no suele permitirse realizar cambios y más si la subvención se ha aprobado por puntuación. Solo se puede realizar modificaciones si la convocatoria lo permite, dichas modificaciones no alteran el proyecto presentado y se solicita una modificación justificada. Cualquier cambio sustancial (presupuesto, actividades, fechas…) debe comunicarse oficialmente y esperar la aprobación de dicho cambio.

La justificación es clave. Si no se presenta correctamente, puedes perder la ayuda y tener que devolver el importe recibido. Por eso, tan importante como conseguir la subvención es también realizar una buena justificación en forma y tiempo.

Si la subvención ha sido concedida pero no ejecutas el proyecto ni lo justificas, tendrás que renunciar por escrito a la ayuda y, si ya has recibido parte del dinero, devolverlo con los intereses correspondientes. Además, podrías tener restricciones para acceder a futuras ayudas públicas.

Gestión, Seguimiento y Obligaciones

Se deben analizar los motivos de la denegación y, si es viable, presentar alegaciones o recursos.

En caso de denegación deben explicarse por escrito las causas que lo motivan y dar un periodo de tiempo para presentar las alegaciones y/o recursos oportunos.

Sí, en la mayoría de los casos las subvenciones públicas tributan como ingreso en el Impuesto sobre Sociedades o en el IRPF, según corresponda. Sin embargo, hay exenciones o particularidades según el tipo de ayuda.

La normativa de la convocatoria debe indicarlo en caso de que no tributen.

Sí. Las administraciones pueden revisar el uso de los fondos incluso años después de conceder la subvención. Es fundamental conservar toda la documentación justificativa durante el plazo que marca la ley.

La revisión afectara únicamente a la documentación relacionada con el proyecto y suelen solicitar: las facturas, los justificantes de pago (normalmente bancarios) y la memoria de las acciones realizadas.

Si estas decidido a solicitar una subvención debes leerte primero toda la normativa: orden de bases, convocatoria y documentación de apoyo como pueden ser Guías informativas, FAQs y uso de la plataforma digital para tramitar la documentación.

La Orden de Bases y Convocatoria te darán toda la información que debes tener en cuenta tanto a la hora de solicitarla como a la hora de justificarla. Su lectura es Obligada para no tener problemas. Debe realizarse en tiempo y forma respetando todas las condiciones que se estipulan: plazo de presentación, periodo y gastos subvencionables, periodo de justificación, …

En según qué tipo de subvenciones te aconsejamos que contrates los servicios de una consultoría especializada en tramitar subvenciones porque ahorrarás tiempo, aumentarás tus posibilidades de éxito y evitarás errores administrativos. Las convocatorias son complejas y muy técnicas.

Desde C.I.S.L.E., SL gestionamos subvenciones desde el año 2011 con una ratio de éxito del 93,5 % y nos involucramos en todas las fases de la subvención: buscamos e informamos de las diferentes subvenciones, analizamos la viabilidad de la empresa con la subvención, tramitamos la solicitud y la justificación y asesoramos en todas las fases, incluido posteriormente si hay una inspección por parte de la Administración.

Si además te interesa aprender sobre el funcionamiento de las subvenciones puedes realizar el curso de Gestor de Subvenciones que encontrarás en cursosubvenciones.com

Consultorías o gestoras de subvenciones

Si realiza todas las funciones que le corresponden debe buscar todas las subvenciones que coincidan con las necesidades y características del cliente como beneficiario, debe asesorarle durante todas las fases de la subvención y tramitarle la solicitud, la justificación y cualquier requerimiento que la Administración haga de documentación así como alegaciones y recursos si procede. En definitiva debe participar y colaborar con el cliente en todos los trámites que correspondan hasta la correcta finalización de la subvención.

Es muy importante asegurarse que la consultora que tramite las subvenciones se comprometa con todas las fases del proceso.

Varían en función de cada subvención y de la empresa consultora pero como referencia se acostumbra a cobrar un importe fijo por tramitar la solicitud y un % que puede variar entre el 5% y el 15% en función del importe de la subvención. Dicho % se corresponde con el proceso de justificación de la subvención aprobada.

Conviene dejar bien definidas y por escrito las condiciones antes de contratar cualquier servicio.

A nivel general hay un proceso de publicación de normativa (orden de bases y convocatoria) y a partir de la publicación de la convocatoria hay un periodo de tiempo para tramitar la solicitud de la subvención.

Una vez cerrado el plazo de solicitud la Administración tiene un periodo de tiempo para revisar todos los expedientes, requerir documentación adicional (si lo considera oportuno) y posteriormente publicar las resoluciones que pueden ser provisionales o ya definitivas.

En caso de aprobación de la subvención se da un periodo de tiempo para proceder a terminar de realizar el proyecto y justificar la realización de la subvención.

Por último, cuando la Administración comprueba que todo es correcto procede a su pago y cierre del expediente.