Programa Actividad Económica en locales de planta baja vacíos y paradas de mercado de la subvención Impulsem el que fas 2026

Dentro de la convocatoria «Impulsem el que fas 2026» se articulan diferentes modalidades de subvención según las acciones a realizar:

  1. Modalidad 1A1 y 1A2: Nueva actividad económica en locales vacíos en planta baja vacíos. Importe máximo 15.000€.
  2. Modalidad 1A3: Nueva actividad económica en paradas de mercados Importe máximo 8.000€.
  3. Modalidad 1B: Actividad económica en locales municipales en planta baja Importe máximo 15.000€.
  4. Modalidad 1C: Apoyo a la competitividad de Comercios y Servicios de Proximidad existentes en espacios de gran afluencia (EGA). Importe máximo 10.000€.
  5. Modalidad 2: Economía social y otras iniciativas de economía con impacto. Importe máximo 8.000€.
  6. Modalidad 3: Fomento del empleo de calidad en el territorio. Importe máximo 40.000€.
  7. Modalidad 4: Innovación social y tecnológica en el sector de la economía de los cuidados. Importe máximo 30.000€.
  8. Modalidad 5: Alimentación sostenible y consumo responsable. Importe máximo 16.000€.
  9. Modalidad 6: Mujeres Lideran. Emprendedoras, profesionales y directivas. Importe máximo 9.000€.

REQUISITOS GENERALES DE LOS BENEFICIARIOS DE LAS MODALIDADES 1A, 1B Y 1C:

  • Personas físicas (empresarios individuales) y jurídicas con sede social, delegación o centro de trabajo en el municipio de Barcelona.
  • Hay que cumplir, como mínimo, con una de las 2 condiciones siguientes:
  • 1) tener un importe de la cifra anual de negocio que no supere el 1.000.000 de euros anual durante el año 2024 y el 2025
  • 2) tener una plantilla que no supere las 20 personas trabajadoras a jornada completa en el momento de la solicitud.
  • Todos los solicitantes tienen que estar debidamente constituidos y operativos desde el momento de presentar la solicitud.
  • Las actuaciones deben iniciarse o haberse iniciado durante el año 2026, con una duración máxima de 12 meses, incluyendo el 2027.
  • Las actividades deben cumplir con la normativa urbanística y de usos vigente, incluyendo licencias y planes de usos del Ayuntamiento.
  • Orden de acceso mediante sorteo y por tanto el otorgamiento de la subvención NO vendrá determinado por quien la presente primero sino por el orden de acceso que determine el sorteo.
  • Consulta previa obligatoria al Ayuntamiento para confirmar que el local o parada cumple con los requisitos normativos.
  • Exclusiones: no se subvencionan actividades como franquicias, locales 24h, juegos de azar, fast food, tiendas de CBD o vapeadores, sex shops, ni actividades molestas o contrarias al interés general según criterio municipal.
Modalidad Título Beneficiario Importe máximo Actuaciones / conceptos subvencionables
1A.1 Nueva actividad en local vacío en planta baja Autónomos o empresas que abren nuevo negocio o nueva línea de negocio 15.000 € Reformas, adecuación, eficiencia energética, mobiliario, informática, maquinaria, equipamiento, stock inicial, alquiler o compra del local, suministros, estudios de viabilidad y marketing
1A.2 Traslado de actividad desde piso u online a planta baja Autónomos o empresas que trasladan actividad existente a local a pie de calle 15.000 € Reformas, licencias, eficiencia energética, mobiliario, equipos, maquinaria, stock inicial, alquiler/compra del local, suministros, estudios de viabilidad
1A.3 Nueva actividad en parada de mercado municipal Adjudicatarios de autorización de uso de parada municipal cerrada 8.000 € Reforma de parada, eficiencia energética, mobiliario, informática, maquinaria, equipamiento, stock inicial, suministros y servicios de la parada, estudios de viabilidad
1B Actividad económica en locales municipales en planta baja Autónomos o empresas interesadas en alquilar un local municipal ofertado 15.000 € Adecuación del local, eficiencia energética, mobiliario, informática, maquinaria, equipamiento, stock inicial, suministros y estudios de viabilidad. No incluye alquiler
1C Competitividad de comercios y servicios en espacios EGA Comercios/servicios existentes en planta baja, en zona EGA, con superficie inferior a 200 m² 10.000 € Renovación interna, nueva imagen, accesibilidad, elementos decorativos, mobiliario, maquinaria, iluminación LED, climatización eficiente, reducción de residuos, marketing, comunicación visual, publicidad digital y redes sociales

NOTA zona EGA: en la modalidad 1C se refiere a Espacios de Gran Afluencia, que actualmente son 8: 1) Sagrada Família, 2) Park Güell, 3) Rambla i entorns, 4) Turó de la Rovira, 5) Passeig de Gràcia, 6) Casc Antic, 7) Gòtic i 8) Barceloneta.

Intensidad máxima: hasta el 80% del coste subvencionable; la beneficiaria debe cofinanciar mínimo el 20%.
Periodo subvencionable: actuaciones iniciadas en 2026, con duración máxima de 12 meses y ejecución dentro del periodo 2026 (inicio del proyecto) y hasta diciembre 2027.

PERIODO DE SOLICITUD

Del 17 de junio al 17 de julio del 2026, ambos incluidos

NOTA: Este resumen es meramente informativo y no tiene valor jurídico. Es imprescindible consultar la normativa oficial.