Ayudas para proyectos de eficiencia energética y de instalación de equipos para proyectos de economía circular de los establecimientos que prestan servicios de alojamientos turísticos de Cataluña 2025

Objetivo:

El objetivo de esta orden es regular la concesión de subvenciones para financiar proyectos de eficiencia energética y economía circular en empresas que prestan servicios de alojamiento turístico en Cataluña, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España y el instrumento europeo Next Generation EU.

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que sean titulares o explotadoras de establecimientos de alojamiento turístico en Cataluña, incluyendo hoteles, hostales, pensiones, campings, turismo rural (casas «de pages» y alojamientos rurales), apartamentos turísticos y albergues de juventud privados que presten servicios turísticos de alojamiento. Se excluyen de la subvención viviendas de uso turístico, alojamientos singulares y áreas de autocaravanas.

Requisitos: 

Los solicitantes deben estar constituidos legalmente, tener su sede en España o en la UE, estar inscritos en el Registro de Turismo de Cataluña y no encontrarse en ninguna situación de crisis económica ni tener deudas con Hacienda o la Seguridad Social, entre otros.

Cuantía: 

El porcentaje máximo subvencionable varía según la actuación. Por ejemplo, un 30% para electrodomésticos eficientes, un 45% para instalaciones de autoconsumo con placas solares, un 40% para gestión de residuos y un 25% para digitalización y automatización.
Estos porcentajes pueden aumentar en caso de pequeñas o medianas empresas, y la subvención máxima por establecimiento es de 500.000 euros.

Actuaciones subvencionables:

Las actuaciones elegibles incluyen la mejora de la eficiencia energética en electrodomésticos (clase A), la instalación de placas solares fotovoltaicas, medidas de gestión y reciclaje de residuos, y la digitalización y automatización de procesos en los establecimientos turísticos.

Costes elegibles:

Son elegibles aquellos costes necesarios para lograr los objetivos de ahorro energético o reducción del consumo en las áreas de actuación subvencionables, como los materiales y equipos adquiridos, siempre que no superen su valor de mercado. No se incluyen impuestos, tasas, sanciones, seguros, gastos financieros ni otros costes administrativos.

Requisitos específicos:

Las actuaciones deben tener un coste mínimo subvencionable de 5.000 euros y estar enfocadas en la reducción del consumo energético o la mejora de la circularidad de los residuos. Los establecimientos deben acreditar los ahorros energéticos o mejoras en la gestión de residuos. Además, las actuaciones deben cumplir con la normativa vigente y respetar el principio de no causar daño significativo al medio ambiente.

Plazo de ejecución de los proyectos:

Las actividades objeto de subvención se pueden comenzar después de presentar la solicitud y el periodo máximo de la finalización es de 6 meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud.

No obstante,según normativa es obligatorio que los proyectos estén totalmente ejecutados y justificados antes del 30 de junio del 2026.

Plazo de solicitud:

Se abre la convocatoria a l a s 9.00 h del 05 de junio del 202 5 hasta la finalización de presupuesto o como máximo el día 31 de julio del 202 5 a las 14 h.

NOTA: Este resumen es únicamente informativo y no tiene valor jurídico. Se recomienda revisar la normativa oficial correspondiente.