Subvenciones para cambio estratégico y crecimiento dirigidas a empresas de Cataluña 2026
Objetivo
Impulsar el tejido empresarial catalán mediante subvenciones destinadas a proyectos de nuevas oportunidades de negocio:
-
Cambio estratégico (elaboración de planes de negocio)
Beneficiarios
Pueden ser beneficiarias las empresas constituidas bajo alguna de las siguientes formas jurídicas:
- Sociedad de responsabilidad limitada
- Sociedad anónima
- Sociedad laboral
- Sociedad cooperativa
Que dispongan de un establecimiento operativo en Cataluña, con expresa exclusión de las microempresas (menos de 10 trabajadores y de 2M€ facturación) , salvo en los casos en que los proyectos se realicen en establecimientos ubicados en las siguientes comarcas:
Baix Empordà, Pla d’Urgell, Baix Penedès, Conca de Barberà, Baix Ebre, Cerdanya, Solsonès, Montsià, Ripollès, Berguedà, Segarra, Noguera, Aran, Alt Urgell, Moianès, Priorat, Ribera d’Ebre, Garrigues, Terra Alta, Pallars Sobirà, Pallars Jussà, Alta Ribagorça y Lluçanès.
Actuaciones subvencionables y características
Se considerará subvencionable la realización, por parte de proveedores acreditados por ACCIÓ, de un plan de negocio para desarrollar una nueva oportunidad de negocio identificada previamente por la empresa en su plan estratégico y que en el futuro podría convertirse en una nueva línea de negocio.
Las actividades subvencionables deberán realizarse entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027.
No se permite solicitar una ampliación de este plazo.
Cantidad:
Importe de la subvención: 75% del gasto subvencionable con un máximo de 30.000 €.
-
Cambio estructural (implementación del plan de negocio previamente elaborado)
Beneficiarios
Igual que en el caso anterior, pueden ser beneficiarias las empresas constituidas como sociedad limitada, anónima, laboral o cooperativa, con establecimiento operativo en Cataluña, y con exclusión de las microempresas, salvo en las mismas comarcas excepcionadas.
Dichas empresas tienen que haber sido beneficiarias de ayudas de cambio estratégico en convocatorias anteriores y disponer del plan de negocio finalizado.
Actuaciones subvencionables y características
Se considerarán subvencionables los proyectos empresariales de cambio estructural, consistentes en la implementación de las acciones definidas en el plan de negocio previo, que puedan constituir una nueva línea de negocio para la empresa.
Para presentar proyectos de cambio estructural se deberá aportar un plan de negocio donde se defina y analice la nueva oportunidad a implementar, incluyendo las medidas y recursos necesarios para garantizar su viabilidad.
Si para desarrollar la nueva oportunidad se justifica la necesidad de crear una nueva empresa, la solicitud de esta ayuda podrá ser presentada por una empresa distinta de la que elaboró el plan de negocio.
Las actividades subvencionables deberán realizarse entre la fecha de solicitud y el 31 de diciembre de 2028. No se permite solicitar una ampliación de este plazo.
Cantidad:
Importe máximo de la subvención 90.000 €.
Intensidades máximas de ayuda
| Tipo de gasto | Pequeña empresa | Mediana empresa | Gran empresa |
| Maquinaria y equipamiento | 20 % | 10 % | 10 % |
| Gastos externos | 75 % | 75 % | 75 % |
| Formación | 25 % | 25 % | 25 % |
| Personal | 75 % | 75 % | 75 % |
| Auditoría | 100 % | 100 % | 100 % |
-
Proyectos cooperativos de clústers (No gestionados por nosotros)
Procedimiento de concesión
Por concurrencia competitiva (puntuación), valorándose la calidad, viabilidad e impacto de los proyectos presentados.
Plazo de solicitud
Apertura del 16 de junio de 2026 a las 9:00h hasta el 16 de julio del 2026 a las 14h.
NOTA: Este resumen es meramente informativo y no tiene valor jurídico. Es imprescindible consultar la normativa oficial.
