Subvenciones para la recuperación de empresas afectadas por la DANA Alice en Les Terres de l’Ebre
Organismo gestor:
Generalitat de Catalunya (CCAM).
Presupuesto convocatoria:
La cuantía máxima es de 500.000,00 €.
Objeto
La subvención tiene por objeto apoyar a los sectores económicos de Les Terres de l’Ebre afectados por las inundaciones y lluvias torrenciales ocasionadas por la DANA Alice en octubre de 2025.
Su finalidad es fomentar la recuperación de las actividades económicas afectadas, dando apoyo a:
- Gastos imprevistos ocasionados por los daños derivados de la DANA Alice.
- Inversiones urgentes necesarias para la recuperación de la actividad económica.
- Actuaciones de reparación, reposición o restauración de bienes, instalaciones y equipamientos utilizados para desarrollar la actividad económica que hayan sufrido daños directos por las inundaciones y lluvias torrenciales.
Beneficiarios
Pueden solicitar la subvención los profesionales autónomos dados de alta en el RETA y las pequeñas y medianas empresas (PYMES) afectadas económicamente por la DANA Alice, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria y en las bases reguladoras.
Requisitos principales:
- Tener sede social u operativa en municipios de las comarcas del Montsià, Baix Ebre, Ribera d’Ebre y Terra Alta.
- Ser profesional autónomo/a dado de alta en el RETA o PYME.
- Tener como actividad económica principal uno de los IAEs incluidos en la Base 5.1 de las bases reguladoras.( indicado también en Anexo beneficiarios)
- Haber estado afectado económicamente por las inundaciones y lluvias torrenciales ocasionadas por la DANA Alice en octubre de 2025.
- Haber incurrido en gastos necesarios para recuperar la actividad económica afectada por importe superior a 000 €, IVA no incluido.
Quedan excluidas:
- Personas físicas o jurídicas cuya actividad económica principal tenga un IAE no incluido en la lista de la Base 5.1. ( indicado también en Anexo beneficiarios)
- Colegios profesionales, fundaciones, entidades territoriales sin ánimo de lucro, gremios y entidades sectoriales.
- Empresas participadas en más de un 50% por capital público.
- Personas físicas o jurídicas con gastos necesarios para la recuperación de importe igual o inferior a 2.000 €, IVA no incluido.
Cuantía y Requisitos
La ayuda se concede por tramos en función del importe de los gastos acreditados:
- Hasta 5.000,00 € para beneficiarios que acrediten gastos desde 001,00 € hasta un importe inferior o igual a 25.000,00 €.
- 000,00 € para beneficiarios que acrediten gastos entre 25.001,00 € y 50.000,00 €.
- 000,00 € para beneficiarios que acrediten gastos por importe igual o superior a 50.001,00 €.
Condiciones y requisitos destacados:
- El importe de la subvención concedida no puede superar el coste de la actividad subvencionada.
- Las ayudas pueden acumularse con otras subvenciones o ayudas públicas y/o privadas, nacionales o internacionales, siempre que no se supere el coste de la actividad.
- No se puede subvencionar un objeto no realizado.
- No se permite la reformulación de solicitudes.
- La persona beneficiaria deberá justificar la subvención desde el día siguiente a la publicación definitiva de la resolución de otorgamiento hasta el 30/09/2026.
- El pago se realiza previa comprobación de la justificación de la actividad y del gasto realizado.
Gastos Subvencionables
Son subvencionables las actuaciones necesarias para la reparación, reposición o restauración de bienes, instalaciones y equipamientos utilizados para el desarrollo de la actividad económica que hayan sufrido daños directamente ocasionados por las inundaciones y lluvias torrenciales derivadas de la DANA Alice.
Gastos subvencionables:
- a) Gastos de reparación y albañilería:
- Trabajos de reparación de locales, naves, almacenes, talleres y establecimientos.
- Reparación de pavimentos, paredes, techos, cierres, puertas y ventanas.
- Instalaciones eléctricas, de agua, saneamiento, gas y climatización.
- Reparación de sistemas de drenaje, desagües y evacuación de aguas.
- Materiales y mano de obra directamente asociados a estas reparaciones.
- b) Gastos de maquinaria, equipos y mobiliario:
- Reparación de maquinaria productiva dañada.
- Sustitución de maquinaria o equipos irreparables.
- Herramientas y utillaje profesional.
- Mobiliario de uso profesional.
- Equipamiento informático y electrónico de uso profesional.
- c) Gastos de limpieza extraordinaria:
- Limpieza extraordinaria de barro, escombros y residuos.
- Bombeo de agua.
- Secado y deshumidificación.
- Retirada, transporte y gestión de residuos.
Gastos excluidos expresamente:
- Gastos cubiertos total o parcialmente por un seguro, ya sea mediante indemnización, compensación económica o cualquier otra fórmula, en la parte cubierta.
- Gastos relacionados con vehículos, tanto privados como afectos a la actividad económica: turismos, furgonetas, camiones, motocicletas, maquinaria móvil matriculable, reparación, sustitución o pérdida total de vehículos.
- Mejoras, ampliaciones, reformas estéticas o modernizaciones que no sean estrictamente necesarias para restituir la situación previa a los daños.
- Gastos que no estén directamente vinculados al desarrollo de la actividad económica.
- Gastos realizados antes del mes de octubre de 2025.
- Adquisición de materiales, mercancías o productos destinados a la venta o comercialización, es decir, stock.
Procedimiento de Concesión: por orden de entrada.
Plazo de Solicitud
Convocatoria abierta desde el 22 de abril de 2026, a las 09:00 horas, hasta el 22 de mayo de 2026, a las 14:00 horas.
Plazo de Realización
Período disponible para realizar las acciones subvencionables desde el 7 de octubre de 2025 hasta el 30 de junio de 2026.
ANEXO Beneficiarios
PYMES/autónomos que tengan como actividad principal uno de los siguientes IAEs (a dos dígitos):
Código Descripción
1*25 Industrias químicas
1*31 Fabricación de productos metálicos (excepto máquinas y material de transporte)
1*32 Construcción de maquinaria y equipos mecánicos
1*33 Construcción de máquinas de oficina y ordenadores, incluida su instalación
1*34 Construcción de maquinaria y material eléctrico
1*35 Fabricación de material electrónico (salvo el de ordenadores)
1*36 Construcción de vehículos automóviles y sus piezas de repuesto
1*37 Construcción naval, reparación y mantenimiento de barcos
1*38 Construcción de otros materiales de transporte
1*39 Fabricación de instrumentos de precisión, óptica y similares
1*41 Industrias de productos alimenticios y bebidas
1*42 Industrias de otros productos alimenticios, bebidas y tabaco
1*43 Industrias textiles
1*44 Industrias del cuero
1*45 Industrias del calzado y vestido, y otras confecciones textiles
1*46 Industrias de la madera, corcho y muebles de madera
1*47 Industrias del papel y fabricación de artículos de papel. Artes gráficas y edición
1*48 Industrias de transformación del caucho y de materias plásticas
1*49 Otras industrias manufactureras
1*50 Construcción
1*61 Comercio al por mayor
1*62 Recuperación de productos
1*63 Intermediarios del comercio
1*64 Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco, en establecimientos permanentes
1*65 Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios, en establecimientos permanentes
1*66 Comercio al por menor mixto o integrado. Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente (ambulante, encantos y puestos de mercado). Comercio al por menor mediante máquinas
expendedoras. Comercio al por menor por correspondencia
1*67 Servicios de alimentación
1*68 Servicios de gasto
1*69 Reparaciones
1*72 Otros transportes terrestres
1*75 Actividades similares a los transportes
1*76 Telecomunicaciones
1*82 Seguros
1*83 Auxiliares financieros y de seguros. Actividades inmobiliarias
1*84 Servicios prestados en las empresas
1*85 Alquiler de bienes muebles
1*86 Alquiler de bienes inmuebles
1*92 Servicios de saneamiento, limpieza y similares. Servicios contra incendios y similares
1*93 Educación e investigación
1*94 Sanidad y servicios veterinarios
1*95 Asistencia y servicios sociales
1*96 Servicios recreativos y culturales
1*97 Servicios personales
1*98 Parques de ocio, ferias y otros servicios relacionados con el espectáculo. Organización de congresos. Parques o recintos feriales
1*99 Servicios NCAA
NOTA: Este resumen es meramente informativo y no tiene valor jurídico. Es imprescindible consultar la normativa oficial.
