Subvenciones destinadas a la retirada, en origen, de residuos de materiales de aislamiento y de la construcción que contengan amianto, ubicados en el ámbito territorial de Cataluña

Objeto

Subvenciones destinadas a financiar la retirada de materiales con amianto (uralita y otros elementos de construcción con amianto) en inmuebles situados en Cataluña.

El objetivo es:

  • Mejorar la salud pública, reducir riesgos ambientales y fomentar una gestión segura del amianto.

Beneficiarios

Pueden pedir la subvención:

  • Personas físicas.
  • Empresas.
  • Administraciones públicas.
  • Comunidades de vecinos.
  • Propietarios de inmuebles con elementos de amianto.

Qué gastos cubre

La subvención cubre:

    • Retirada del amianto, transporte y gestión y tratamiento del residuo.

IMPORTANTE:

      • Los trabajos deben realizarlos empresas inscritas en el registro RERA (Registro de Empresas con Riesgo de Amianto).
      • El residuo debe gestionarse mediante gestores autorizados en Cataluña.
      • No cubre materiales nuevos para sustituir la cubierta o instalación retirada.

Importe de la subvención

Máximo:

      • Hasta 30.000 € por inmueble.

Límites según superficie retirada:

      • Hasta 49,99 m² → máximo 2.000 €.
      • Entre 50 y 99,99 m² → 40 €/m².
      • Entre 100 y 499,99 m² → 30 €/m².
      • Entre 500 y 999,99 m² → 25 €/m².
      • Más de 1.000 m² → 20 €/m².

Requisitos principales

Para optar a la ayuda:

  • Estar al corriente de pagos con Hacienda y Seguridad Social.
  • Contratar una empresa RERA autorizada.
  • Tener aprobado el plan de trabajo de retirada de amianto.

Procedimiento de Concesión

El procedimiento de concesión es de concurrencia NO competitiva (por orden de entrada). Por tanto conviene presentar la solicitud cuanto antes.

Plazos a tener en cuenta

Son subvencionables las actuaciones realizadas:

      • Desde la fecha de solicitud y hasta 24 meses después de la concesión.

Plazo de Solicitud

La previsión es que la convocatoria se abra el 18 de junio de 2026 a las 9:00 h y finalice  el 2 de julio de 2026 a las 14:00 h.

NOTA: Este resumen es meramente informativo y no tiene valor jurídico. Es imprescindible consultar la normativa oficial.