Programa Actividad Económica en locales de planta baja vacíos y paradas de mercado de la subvención “Impulsem el que fas 2026”
Dentro de la convocatoria «Impulsem el que fas 2026» se articulan diferentes modalidades de subvención según las acciones a realizar:
- Modalidad 1A1 y 1A2: Nueva actividad económica en locales vacíos en planta baja vacíos. Importe máximo 15.000€.
- Modalidad 1A3: Nueva actividad económica en paradas de mercados Importe máximo 8.000€.
- Modalidad 1B: Actividad económica en locales municipales en planta baja Importe máximo 15.000€.
- Modalidad 1C: Apoyo a la competitividad de Comercios y Servicios de Proximidad existentes en espacios de gran afluencia (EGA). Importe máximo 10.000€.
- Modalidad 2: Economía social y otras iniciativas de economía con impacto. Importe máximo 8.000€.
- Modalidad 3: Fomento del empleo de calidad en el territorio. Importe máximo 40.000€.
- Modalidad 4: Innovación social y tecnológica en el sector de la economía de los cuidados. Importe máximo 30.000€.
- Modalidad 5: Alimentación sostenible y consumo responsable. Importe máximo 16.000€.
- Modalidad 6: Mujeres Lideran. Emprendedoras, profesionales y directivas. Importe máximo 9.000€.
REQUISITOS GENERALES DE LOS BENEFICIARIOS DE LAS MODALIDADES 1A, 1B Y 1C:
- Personas físicas (empresarios individuales) y jurídicas con sede social, delegación o centro de trabajo en el municipio de Barcelona.
- Hay que cumplir, como mínimo, con una de las 2 condiciones siguientes:
- 1) tener un importe de la cifra anual de negocio que no supere el 1.000.000 de euros anual durante el año 2024 y el 2025
- 2) tener una plantilla que no supere las 20 personas trabajadoras a jornada completa en el momento de la solicitud.
- Todos los solicitantes tienen que estar debidamente constituidos y operativos desde el momento de presentar la solicitud.
- Las actuaciones deben iniciarse o haberse iniciado durante el año 2026, con una duración máxima de 12 meses, incluyendo el 2027.
- Las actividades deben cumplir con la normativa urbanística y de usos vigente, incluyendo licencias y planes de usos del Ayuntamiento.
- Orden de acceso mediante sorteo y por tanto el otorgamiento de la subvención NO vendrá determinado por quien la presente primero sino por el orden de acceso que determine el sorteo.
- Consulta previa obligatoria al Ayuntamiento para confirmar que el local o parada cumple con los requisitos normativos.
- Exclusiones: no se subvencionan actividades como franquicias, locales 24h, juegos de azar, fast food, tiendas de CBD o vapeadores, sex shops, ni actividades molestas o contrarias al interés general según criterio municipal.
| Modalidad | Título | Beneficiario | Importe máximo | Actuaciones / conceptos subvencionables |
| 1A.1 | Nueva actividad en local vacío en planta baja | Autónomos o empresas que abren nuevo negocio o nueva línea de negocio | 15.000 € | Reformas, adecuación, eficiencia energética, mobiliario, informática, maquinaria, equipamiento, stock inicial, alquiler o compra del local, suministros, estudios de viabilidad y marketing |
| 1A.2 | Traslado de actividad desde piso u online a planta baja | Autónomos o empresas que trasladan actividad existente a local a pie de calle | 15.000 € | Reformas, licencias, eficiencia energética, mobiliario, equipos, maquinaria, stock inicial, alquiler/compra del local, suministros, estudios de viabilidad |
| 1A.3 | Nueva actividad en parada de mercado municipal | Adjudicatarios de autorización de uso de parada municipal cerrada | 8.000 € | Reforma de parada, eficiencia energética, mobiliario, informática, maquinaria, equipamiento, stock inicial, suministros y servicios de la parada, estudios de viabilidad |
| 1B | Actividad económica en locales municipales en planta baja | Autónomos o empresas interesadas en alquilar un local municipal ofertado | 15.000 € | Adecuación del local, eficiencia energética, mobiliario, informática, maquinaria, equipamiento, stock inicial, suministros y estudios de viabilidad. No incluye alquiler |
| 1C | Competitividad de comercios y servicios en espacios EGA | Comercios/servicios existentes en planta baja, en zona EGA, con superficie inferior a 200 m² | 10.000 € | Renovación interna, nueva imagen, accesibilidad, elementos decorativos, mobiliario, maquinaria, iluminación LED, climatización eficiente, reducción de residuos, marketing, comunicación visual, publicidad digital y redes sociales |
NOTA zona EGA: en la modalidad 1C se refiere a Espacios de Gran Afluencia, que actualmente son 8: 1) Sagrada Família, 2) Park Güell, 3) Rambla i entorns, 4) Turó de la Rovira, 5) Passeig de Gràcia, 6) Casc Antic, 7) Gòtic i 8) Barceloneta.
Intensidad máxima: hasta el 80% del coste subvencionable; la beneficiaria debe cofinanciar mínimo el 20%.
Periodo subvencionable: actuaciones iniciadas en 2026, con duración máxima de 12 meses y ejecución dentro del periodo 2026 (inicio del proyecto) y hasta diciembre 2027.
PERIODO DE SOLICITUD
Del 17 de junio al 17 de julio del 2026, ambos incluidos
NOTA: Este resumen es meramente informativo y no tiene valor jurídico. Es imprescindible consultar la normativa oficial.
