Muchas empresas y autónomos durante el 2020 y a raíz de las diferentes ayudas convocadas por el COVID 19 han conocido la existencia de las subvenciones y la posibilidad de solicitarlas.
No obstante, no todas las ayudas son subvenciones ya que tambien existen otras modalidades como son las bonificaciones ,la financiación, las deducciones fiscales, etc.
Normalmente cuando hablamos de subvención estamos hablando de una aportación económica “a fondo perdido”, es decir que no hay que devolver .
Dichas subvenciones acostumbran a concederlas las administraciones publiques por la realización de un proyecto concreto y suelen publicarse en convocatorias donde se indican todas las condiciones: beneficiarios, cantidades, características, periodo de solicitud, etc.
PASOS A SEGUIR EN LA SOLICITUD DE UNA SUBVENCIÓN
A la hora de plantearse la solicitud y tramitación de una subvención para algún proyecto que requiera inversión (digitalización, internacionalización, apertura/reforma de locales, contratación, etc) hay que tener en cuenta los siguiente pasos:
- Presentar la documentación solicitada en la Orden y Convocatoria dentro del plazo establecido para ello y según marca la normativa.
- Una vez que la administración ha resuelto, si esta es favorable, se da un periodo de tiempo para justificar la realización de dicha actuación subvencionable. En esta apartado hay que presentar las justificaciones económicas y memoria técnica de las actuaciones realizadas.
- Cuando se ha realizado y justificado correctamente la realización de dichas acciones subvencionables la administración procede al pago de la subvención aprobada y justificada.
Por lo tanto, en la mayoría de las subvenciones el solicitante debe disponer del dinero necesario para poder realizar las acciones previstas ya que como se ha indicado dichas subvenciones no se suelen pagar hasta que están aprobadas y justificadas.
En el caso de las subvenciones de apoyo a las empresas por el COVID 19 hay que tener en cuenta que estas ayudas son atípicas y que han surgido por un motivo excepcional como es la aparición del COVID 19 y los confinamientos que han originado.
El objetivo de estas subvenciones es la de ayudar a mantener el tejido productivo de las empresas y por lo tanto no están asociadas a la realización de inversiones ni a su justificación posterior (aunque deben guardar la documentación de justificación por si se solicitase) y su pago es mucho más rápido del habitual.
Por tanto este tipo de subvenciones son puntuales en el tiempo y una vez desaparezca la problemática que ocasiona el COVID 19 desaparecerán este tipo de ayudas quedando las habituales de inversión con las condiciones ya comentadas.
Aquí hay que recordar que además de las subvenciones habituales de inversión España va a recibir a través del Programa NexGeneration EU (en otro blog se comenta) más de 70 mil millones de euros en subvenciones a la digitalización, medioambiente, igualdad, movilidad,etc.
ASPECTOS A TENER EN CUENTA EN LA SOLICITUD DE SUBVENCIONES
Las subvenciones se dan en función de la forma jurídica de la empresa, donde esta situada geográficamente la empresa (programa Leader) el epígrafe de actividad (comercio, pyme industrial, turismo, …), el proyecto a realizar en áreas como la innovación, I+D, Internacionalización , digitalización, apertura/reformas de locales, contratación personal, reformas de edificios, eficiencia energética /energías renovables, et, y otras condiciones que marquen los diferentes organismos que las publican.
Por tanto lo ideal es analizar y hacer “el traje a la medida” de cada empresa en función de su perfil de empresa y proyectos a realizar.
Cada empresa es diferente y necesita soluciones diferentes y personalizadas¡¡¡

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